Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
UNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LA PENA impuesta al ciudadano VEGA JAIMES LUIS ALBERTO, colombiano, natural de Cúcuta, República de Colombia, indocumentado, nacido el 22-04-1973, de 29 años de edad, de estado civil soltero, grado de instrucción cuarto grado, de profesión u oficio mecánico, domiciliado en el Barrio Francisco de Miranda, calle principal, Nº 1-19, La Concordia, San Cristóbal, Estado Táchira, calle Independencia, Nº 3-15, La Concordia, Estado Táchira, por el delito de Robo Agravado y Porte Ilícito de Arma, previsto y sancionado en los artículos 460 y 278 del Código Penal. En consecuencia, se decreta LA EXTINCION DE SU RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tal hecho punible y su LIBERTAD PLENA, todo de conformid.....