PRIMERO: SE DECLARA LA COMPETENCIA, para conocer el presente Recurso de Abstención o Carencia.
SEGUNDO: SE ADMITE, el presente Recurso de Abstención o Carencia, la ciudadana Andrea Melinda Ramírez Mendoza, titular de la cédula de identidad N° V.- 19.925.139, asistida por los Abogados Omar Enrique Sayago Saabedra y Reinaldo Pedroza Sánchez, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 167.062 y 172.406 los cuales interponen Recurso de Abstención o Carencia en contra del Alcalde del Municipio San Cristóbal del estado Táchira, al Sindico Procurador Municipal del Municipio San Cristóbal del estado Táchira y al Jefe de la División de Ingeniería del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y se ordena, sustanciar conforme a lo previsto en el la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, de conformidad con lo previsto en los artículos 65 y siguientes de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
TERCERO: Se ordena citar al Alcalde del Municipio San Cristóbal .....