Este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara:
1º CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta en fecha 12 de enero de 2004, por la ciudadana MIRIAN SOFIA VANEGAS NAVARRO, contra la decisión de fecha 22 de diciembre de 2004 dictada por el juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
2º PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de pensión de alimentos formulada por la ciudadana MIRIAN SOFIA VANEGAS NAVARRO, actuando en representación de sus menores hijos WENDY PAOLA GARCIA VANEGAS Y HECTOR RAFAEL GARCIA VANEGAS, asistida por la abogada IRAIMA C. ALARCON, contra el ciudadano HECTOR ALBERTO GARCIA BARRETO. En consecuencia, se fija la pensión de alimentos en la cantidad de SETENTA MIL BOLIVARES (Bs.70.000,oo) mensuales los cuales deberá cancelar el ciudadano HECTOR.....