Este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a las ciudadanas GUILLERMINA DEL CARMEN RAMIREZ DE DUQUE, REINA JOSEFINA RAMIREZ DE DUQUE, YUDITH COROMOTO RAMIREZ URBINA, BLANCA ELIZABETH RAMIREZ URBINA y CARMEN DEL SOCORRO RAMIREZ URBINA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 10.710.377, V-10.743.122, V-10.743.520, V-13.762.050 y V-9.127.605, en su condición de hijas, la cualidad de Únicas y Universales Herederas de quien en vida respondiera al nombre: MARIA PERPETUA DEL SOCORRO URBINA DE RAMIREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-2.809.954, fallecida según consta en Acta de defunció.....