PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscal Decimonovena, contra el adolescente (OMITIDO CONFORME AL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA) por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto en el articulo 456 único aparte del Código Penal en concordancia con el artículo 455 ejusdem, en perjuicio de la ciudadana (OMITIDO CONFORME AL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA); todo conforme con lo establecido en el artículo 578 literal "a" de la LOPNA; así como, la totalidad de los medios probatorios ofrecidos.
SEGUNDO: DECLARA RESPONSABLE PENALMENTE, al adolescente (OMITIDO CONFORME AL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA), por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto en el articulo 456 único aparte del Código Penal en concordancia con el artículo 455 ejusdem, en perjuicio de la ciudadana (OMITIDO CONFORME AL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA); todo conforme con lo establecido en el artículo 528 de la LOPNA. TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artí.....