En orden a las anteriores consideraciones este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Celio José Guerrero Bello, en ejercicio de la acción cambiaria en contra de los ciudadanos Alvinsson Omar Guerrero Moncada, y Maydalena Clareth Pabón de Guerrero, por cobro de suma liquida de dinero con fundamento en los Artículos 486 y 487 ambos del Código de Comercio.
SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 274 procesal se condena en costas a la parte demandante por haber resultado vencida en el proceso.