Este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JAUREGUI, ANTONIO ROMULO COSTA, SEBORUCO, JOSE MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: TITULO SUPLETORIO, a favor de los ciudadanos GONZALO OMAR CAMARGO MONTOYA y BELKIS ELENA CAMARGO MONTOYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-4.091.673 y V- 4.095.769, domiciliados en La Grita, municipio Jáuregui del estado Táchira, respectivamente, sobre las bienhechurías identificadas en la solicitud que encabeza estas actuaciones,