PRIMERO: Sé Fija la cuota ordinaria por concepto de Obligación de Manutención en la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES, (Bs. 500,oo) mensuales y para los meses de Septiembre y Diciembre el doble de dicha cantidad es decir la suma de MIL BOLÍVARES ( Bs. 1000,oo) mensuales.
SEGUNDO: Dichos montos deberán ser depositados los cinco primeros días de cada mes en la Cuenta de Ahorros que a tal efecto sé aperturara en el Banco de Bicentenario de esta Ciudad de La Grita, Municipio Jáuregui, a nombre de la madre ciudadana: DORIS FABIOLA OMAÑA GARCIA, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.788.638, en beneficio de los hermanos en mención.