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Decisiones del dia 18/04/2023

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 12.338-23 N° Sentencia : 566 Fecha: 18/04/2023
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
ANA CAROLINA CARVAJAL MONCADA
Resumen:
Por los razonamientos antes expuestos de hechos y de derechos, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y conforme a lo preceptuado en los artículos 898, 899, 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación para perpetua memoria y la declara TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR LA PROPIEDAD de las bienhechurías antes descritas a la ciudadana: ANA CAROLINA CARVAJAL MONCADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.521.373. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al Acuerdo del 01 de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en un terreno ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público .....
Juez/Ponente:
Marianela Del Pilar Gallardo Cardenas
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta.
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N° Expediente : 12.351-23 N° Sentencia : 567 Fecha: 18/04/2023
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
DOMISIANO CASTELLANOS VILLAMIZAR
Resumen:
Por los razonamientos antes expuestos de hechos y de derechos, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y conforme a lo preceptuado en los artículos 898, 899, 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación para perpetua memoria y la declara TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR LA PROPIEDAD de las bienhechurías antes descritas al ciudadano: DOMISIANO CASTELLANOS VILLAMIZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 26.807.111. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al Acuerdo del 01 de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en un terreno ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Públic.....
Juez/Ponente:
Marianela Del Pilar Gallardo Cardenas
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta.
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