DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana GLORIA ESPERANZA ROLON BOTELLO, colombiana, mayor de edad, titular de la tarjeta de identificación No.1.092.343.670, madre y representante legal del niño (se omite el nombre), domiciliados en el Barrio Bolivariano, Palotal Parte Alta, San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se Fija la Obligación de Manutención que el ciudadano JUAN PABLO RUBIANO JAIMES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-17.128.228, debe aportar a favor de su hijo, el niño (se omite el nombre), en la cantidad de Doscientos Bolívares Fuertes (Bs.F 200,oo) mensuales, y en el mes de diciembre de cada año, una cuota extra por la misma cantidad de Doscientos Bolívares Fuertes (Bs.F 200,oo), para gastos de navidad, las cuales serán depositadas dentro de los primeros cinco (05) días de cada mes, en la cuenta de ahorros de la entidad financiera Banfoand.....