PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana LUCIMAL BEATRIZ RUÍZ MENDOZA, asistida por la abogada AMALIA RAMÍREZ BECERRA, en contra de la sentencia dictada en fecha 12 de noviembre de 2008, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana MARÍA LIBERIA RODRÍGUEZ DE GIL contra la ciudadana LUCIMAL BEATRIZ RUIZ MENDOZA por DESALOJO. En consecuencia, se le ordena a la demandada LUCIMAL BEATRIZ RUIZ MENDOZA DESALOJAR y entregar totalmente desocupado de bienes y personas el inmueble arrendado.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Queda MODIFICADA la sentencia apelada.-
Publíquese esta sentencia en el expediente Nº 1.965, y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Superior C.....