PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada SOLAGNE TRINIDAD CARDOZO VELASCO, actuando con el carácter de apoderada judicial del obligado alimentario, contra la sentencia de fecha 5 de abril de 2006 de la Sala de Juicio N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de aumento de pensión de alimentos que formulara la ciudadana MARÍA ELIZABETH FERNÁNDEZ PERNÍA en beneficio de su hija ( SE OMITE EL NOMBRE POR DISPOSICIÒN EXPRESA DE LA LEY), en contra del ciudadano REINALDO MIGUEL MORENO VIVAS.
TERCERO: Se aumenta la pensión alimentaria a la suma de noventa mil bolívares (Bs. 90.000,00) mensuales; más dos cuotas extraordinarias por la suma de ciento cincuenta mil bolívares (Bs. 150.000,00) cada una de las cuales, en los meses de agosto y diciembre para gastos escolares y decembrinos propios de cada época; y respecto del monto de un millón cuat.....