DISPOSITIVA
EN CONSECUENCIA, ESTE TRIBUNAL ESTADAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano GELVER ALVEIRO RANGEL, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de San Antonio del Táchira, República de Venezuela , nacido en fecha 05 de noviembre de 1990, de 22 años de edad, soltero, titular de la cedula de identidad V- 20.475.930, hijo de Gelver Rangel Villaona (v) y de Ana Graciela Andrade(v) de profesión u oficio Obrero, con residencia en el Palotal parte alta, sector Moyano, casa sin numero, municipio Bolívar, Estado Táchira en la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA ACOSO Y HOSTIGAMIENTO previsto y sancionado en el artículo 40 Y 42, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a un.....