PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano FRANCISCO YGNACIO RIOS PINTO en su carácter de parte actora en el juicio de Tercería, contra la sentencia dictada el 12 de abril de 2010 por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara la confesión ficta de los demandados ciudadanos JOSÉ JULIÁN PEÑALOZA RAMIREZ y ALIDA ROSA MORENO.
TERCERO: Se declara CON LUGAR la Tercería interpuesta por el ciudadano FRANCISCO YGNACIO RIOS PINTO, con cédula de identidad N° V-7.121.474, en contra de los ciudadanos JOSÉ JULIÁN PEÑALOZA RAMIREZ y ALIDA ROSA MORENO, con cédulas de identidad números V-5.020.160 y V-9.219.709.
CUARTO: Se declara que el ciudadano FRANCISCO YGNACIO RIOS PINTO, titular de la cédula de identidad N° V-7.121.474, es propietario del inmueble compuesto por una Unidad de Producción denominada "Las Palmas", fomentada en terreno propio, con una extensión aproximada de ciento veinticinc.....