En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Número Uno del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SUSTITUYE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD POR UNA MENOS GRAVOSA, de las previstas en el artículo 256 ordinales 3º, 4º y 8° en concordancia con el artículo 257, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, a los coimputados, AMADO FLOREZ JESUS ANTONIO, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 17-04-1979, de 26 años deidad, hijo de maría Delfina Florez Cordero (v) y José Enésimo Amado (v), de estado civil soltero, profesión u oficio chofer, residenciado en la Urbanización Marco Tulio Rangel, vía Genaro Méndez, calle principal, n 7-20, San Cristóbal, Estado Táchira Y FLOREZ RUIZ LUIS ALBERTO de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, n.....