Se declaró la ADMISIÓN DE LOS HECHOS alegados por el demandante, por lo que este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LUGAR LA ACCION INTENTADA, por el ciudadano CESAR AUGUSTO QUIROGA GARCÍA, titular de la Cédula de identidad N° V- 15.231.849 condenándose a la parte demandada, OMEGA MONTAJES Y PROYECTOS C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el N! 75, tomo 8-A, en fecha 01-06-07, representada por el ciudadano NIXON IVAN MARTINEZ SANDOVAL, titular de la cédula N° V.- 10.175.236, domiciliada la Avenida Lucio Oquendo carrera 13, Edificio Villa del Mar, mezanina local BB-3, la concordia, San Cristóbal Estado Táchira, al pago de la cantidad de BOLIVARES DIEZ MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 77/100 CÉNTIMOS, SON ( Bs. 10.546,77), por los siguientes conceptos y montos derivados de la terminació.....