Este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Tres de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide, ÚNICO: Declara Con Lugar, la solicitud de la Defensora Pública Abogada Glenda Chacón Escalante; en consecuencia acuerda que las presentaciones impuestas a la adolescente (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LOPNA), por la presunta comisión del delito de por la presunta comisión del delito de FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto en el artículo 320 del Código Penal, en perjuicio de la Fe Pública; se realicen ante la Oficina de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, una vez cada veintidós (22) días; todo de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio. Notifíquese a las partes. Regístrese, Publíquese y déjese copia p.....