PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta por el abogado JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ BALLEN contra la ciudadana abogada FANNY RAMÍREZ SÁNCHEZ, quien se desempeña como Jueza Temporal del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: De conformidad a lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone multa al recusante abogado JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ BALLEN por la cantidad de dos bolívares exactos (Bs. 2,00), en razón de haber resultado la presente recusación declarada sin lugar, los cuales deberá pagar en el término de tres (3) días hábiles en el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, donde intentó la recusación, el cual actuará como agente del Fisco Nacional a los fines de su retención e ingreso en la Tesorería Nacional y le indicará la forma de liquidar dicha multa.
TERCERO: Infórmese con oficio.....