En mérito de lo anteriormente expuesto, es por lo que esta Jueza N°1° de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de Aumento de la Obligación de Manutención incoada por la ciudadana: THEIBYS SOLANGE RAMIREZ CORZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.264.177, en contra del ciudadano: DAVID ENRIQUE RIVAS CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.503.229. En consecuencia, se fija LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de: NOVECIENTOS BOLIVARES MENSUALES (Bs.900,oo), mensuales a partir de la presente fecha. Igualmente se fija dos cuotas adicionales a la pensión, en el mes de Septiembre la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs.1.000,00), para gastos escolar.....