En el caso de autos, verifica esta jurisdiscente que la ciudadana ANRIETTE MERJECH SAAB, Venezolana, mayor de edad, divorciada titular de la cedula de identidad Nº3.194.283, le confirió poder GENERAL AMPLIO Y SUFICIENTE a la ciudadana MARIA GABRIELA MORILLO MERJECH, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad número V-11.491.151, por ante la notaria publica Segunda de San Cristóbal, estado Táchira, en fecha 27 de Octubre del 2015 y ésta a su vez otorga poder judicial a los abogados DORIS VICTORIA NIÑO DE ABREU, JUAN CARLOS ABREU NIÑO Y GABRIEL JOSE SOTILLO DLGADO, inscritos en el inpreabogado bajo los números 28.422, 247.164 y 313.463 respectivamente, de modo que dicha ciudadana, en su carácter de mandataria de ANRIETTE MERJECH SAAB, interpuso demanda por nulidad de transacción y su auto de homologación, en contra de los ciudadanos JOSE LUIS RESTREPO GIRALDO y el ciudadano EUDES ALBERTO MARUEZ RANGEL, este último en representación de DISTRIBUIDORA DE MATERIALES LAS L.....