Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: SE REPONE LA PRESENTE CAUSA AL ESTADO DE DESIGNACION DE UN NUEVO DEFENSOR AD LITEM DE LOS CODEMANDADOS YHON FABIO VELOZA MONCADA, CLARA VELOZA MONCADA, YURI VELOZA MONCADA y MARIA ARGENIA MONCADA .-
SEGUNDO: Se deja sin efecto el auto de fecha 08 de Noviembre de 2.010, mediante el cual se designó como Defensor Ad Litem al Abogado ERIK ALEXEI GONZALEZ CHACON, así como todas las actuaciones subsiguientes, las cuales cursan a los folios 71 al 85 y su vuelto
TERCERO: Dada la naturaleza del Fallo no hay condenatoria en costas.-
Regístrese, Publíquese, Déjese copia para el archivo del Tribunal y Notifíquese a las Partes y/o a sus Apoderados Judiciales.-
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Juzga.....