PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por la ciudadana TANIA CAROLINA PARRA DELGADO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.813.687 y domiciliada en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira, contra el ciudadano WUILMER ALEXANDER PARRA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.003.802 y con domicilio en el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira.
SEGUNDO: SIN LUGAR EL OFRECIMIENTO realizado por el ciudadano WUILMER ALEXANDER PARRA RODRIGUEZ, en la oportunidad en que contestó la solicitud.
TERCERO: SE AUMENTA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION en la cantidad de SIETE MIL BOLÍVARES (Bs. 7.000) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario a partir del mes de octubre de 2016, en la cuenta de ahorros aperturada para tal fin.
CUARTO: En cuanto a los gastos escolares, gastos de navidad, de asistencia médica y medicinas, éstos serán compartidos por ambas partes, es d.....