Primero: Decreta el Ejecútese de la sanción impuesta, en fecha 08 de noviembre del año 2011, por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del estado Táchira; mediante la cual los adolescentes para el momento del hecho (OMITIDO POR DISPOSICION LEGAL), y (OMITIDO POR DISPOSICION LEGAL), ambos por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del Código Penal; fueron sancionados a cumplir las medidas de LIBERTAD ASISTIDA POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS, simultáneamente SERVICIOS A LA COMUNIDAD POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES CON UNA JORNADA DE OCHO (08) HORAS SEMANALES, y sucesivamente REGLAS DE CONDUCTA, POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 626, 625 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; conforme lo establecido en el artículo 622 ejusdem; de conformidad con lo establecido en el artículo 480.....