Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguri-dad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Es-tado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA IMPUESTA al ciuda-dano RICARDO MANUEL SEGURA CAMARGO, de nacionalidad venezolana, nacido el San Cristóbal, Estado Táchira el 28-11-1.76, titular de la cédula de identidad Nº V.- 11.925.295, residenciado en Urbanización Rincón de la vega, calle 2, Nº 2087, Vega de Aza, Municipio Torbes, Es-tado Táchira, de OCHO (08) MESES DE PRISION, por el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal, y en consecuencia SE DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL y SU LIBERTAD PLENA, en relación con la comi-sión de tal hecho punible, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Có.....