Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con Lugar la Solicitud de Cumplimiento de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana MAGALY DE LOS ANGELES HERNANDEZ MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-13.147.290, domiciliada en El Junco, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre del niño (omitido por art.65 LOPNA), contra el ciudadano JESUS ERNESTO CONTRERAS CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-11.503.841, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se Condena al ciudadano JESUS ERNESTO CONTRERAS CONTRERAS, a pagar la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.200,00) por concepto de deuda pendiente de Obligación de Manutenció.....