De acuerdo a las consideraciones expuestas este JUZGADO PRIMERO DE
MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN
CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela
y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO, con base a la Sentencia
emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de
Diciembre de 2016, signada con el N° 1070, expediente N° 16-0916, con carácter
vinculante, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL
existente entre los ciudadanos: MARÍA DEL CARMEN RIVERA DE LÓPEZ y el
ciudadano JOSÉ LUIS LÓPEZ BOCHAGA, venezolanos, mayores de edad, portadores
de las cédulas de identidad Nros. V-10.179.745 y V-7.956.618, respectivamente y en su
orden, contraído tal y como consta en el Acta de Matrimonio N° 294 del año 1995,
inserta en los libros de matrimonios del Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista
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