PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este tribunal de municipio Pedro Maria Ureña de la circunscripción judicial del Estado Táchira, administrando justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDA DE LA LEY DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA INCOADA POR EL CIUDADANO :INDOVER SAYAGO JAIMES, de nacionalidad Venezolana titular de la cédula de identidad Nº 8.998.515 , actuando con el carácter de apoderado especial de la Sociedad Mercantil “INMOBILIARIA INTERNACIONAL DE BIENES RAICES C.A.”, en contra de la Sociedad Mercantil 2CARROCERÍAS ANDINAS C.A.,”, representada por el ciudadano REINALDO VICCINI RUAN, Colombiano, titular de la cédula de extranjería Nº E-80.423.191. se condena a la parte demandada a hacer entrega libre de personas y cosas el inmueble signado con el Nº 07 de la Urbanización las Villas de esta ciudad de Ureña, al pago de los cánones de arrendamiento vencidos hasta la definitiva entrega del inmueble de conformidad .....