En este estado siendo las 10:40 a.m se hizo presente el abogado en ejercicio LANDYS ENRIQUE RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.887 a fin de prestar asistencia jurídica a la parte demandada. Seguidamente el Tribunal ordena al Querellado dar cumplimiento a lo acordado por el Tribunal de la causa, para lo cual confiere un lapso de ocho (08) días hábiles. En este estado la parte Querellada, ciudadano: MARCOS HORACIO BERRO VELAZQUEZ, asistido por el abogado en ejercicio LANDYS ENRIQUE RODRIGUEZ, ya identificados, solicito el derecho de palabra y concedido como le fue expuso:"En representación del demandado hago total oposición a la medida de Interdicto Posesorio de Amparo que pretende ejecutar este Tribunal, en virtud de que considera que se requiere principalmente determinar la cualidad de los demandantes para estos efectos y en virtud de que se aprecia en Inspección Judicial é informe técnico anexo de que existe otra entrada natural hacia las viviendas de los demandante.....