PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Revisión por Aumento de la Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana MARIELA ANTONIETA ALMEIDA GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.861.0023 y domiciliada en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira; contra el ciudadano DAVID SEPULVEDA RUIZ, ya identificado.
SEGUNDO: SE AUMENTA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.200,00) mensuales, los cuales serán depositados en la cuenta de ahorros aperturada para tal fin, a partir del mes de Noviembre de 2014.
TERCERO: En cuanto a los gastos de las épocas escolar y de navidad, se fija una cuota extraordinaria en la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES (Bs. 3.000,00) cada una, adicionales a la cuota ordinaria mensual.
CUARTO: En cuanto a los gastos de asistencia médica y medicinas y cualquier otro gasto no previsto, serán compartidos en un 50% de los mismos.