Ahora bien, de la revisión exhaustiva del escrito contentivo de la aludida transacción se aprecia del particular TERCERO que los bienes inmuebles descritos en dicho particular en los numerales: 3.1, 3.2, 3.3 y 3.4; no forman parte de los bienes objeto del presente juicio de partición, por cuanto la demanda fue declarada inadmisible respecto de los referidos bienes, tal como consta del auto de fecha 29 de noviembre de 2023, inserto a los folios 63 al 65, el cual si bien fue recurrido por la parte actora no consta en autos las resultas de tal apelación. Por tanto, se niega la homologación respecto de dicho bienes. Así se decide.
Igualmente, se niega la homologación del bien inmueble y los bienes muebles descritos en el particular TERCERO del escrito de Transacción, en los numerales 3.5, 3.6, y 3.7; en virtud, de que los mismos no fueron incluidos en el escrito libelar como bienes objeto de la demanda de partición que dio inicio a la presente causa, y en consecuencia no forman parte d.....