PRIMERO: DESESTIMA LA SOLICITUD DE CALIFICACION DE FLAGRANCIA EN EL PROCEDIMIENTO DE APREHENSIÓN de los imputados 1.- JEAN CARLOS MORILLO, de nacionalidad venezolana, natural de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, titular de la cédula de identidad N° V.-13.684.260, nacido en fecha 09-04-1978, soltero, de profesión u oficio comerciante; residenciado en Upata, urbanización Las Campiñas, Calle Las Acacias, N° 48, Puerto Ordaz, Estado Bolívar; 2.- JOSE MANUEL GOMEZ BLANCO, de nacionalidad venezolana, natural de Maturín, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V.-16.143.749, nacido en fecha 13-12-1984, soltero, de profesión u oficio conductor; residenciado en Caripe, El Guacharo, calle principal, Casa S/N, Maturín, Estado Monagas; y 3.- JUAN ANGEL GONZALEZ RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Maturín, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad N° V.-16.143.599, nacido en fecha 11-09-1982, soltero, de profesión u oficio conductor; residenciado en Caripe, El Guachar.....