PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por el abogado Jorge Iván Márquez Ramírez con el carácter de endosatario en procuración de la ciudadana Raimary Alexandra Molina Colmenares en contra del ciudadano Jean Carlos Pérez, en su carácter de librado aceptante por cobro de suma liquida de dinero por el procedimiento de intimación con fundamento en las dos letras de cambio que fueron acompañadas junto con el escrito libelar. En consecuencia, se condena al demandado librado aceptante de las dos letras de cambio a pagar a la parte demandante la suma CUATRO MIL OCHOCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (4.800 USD), ó su equivalente en bolívares según la tasa de cambio a la fecha de pago, tal como lo establece el Artículo 128 de la Ley del Banco Central de Venezuela, por concepto del capital que suman las dos letras de cambio que sirven de instrumento fundamental de la pretensión. Asimismo, se condena al demandado a pagar a la parte demandante la suma de TRECIENTOS DIECISEIS .....