PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho propuesto por el ciudadano: Raulinson José Reaño Páez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-6.329.492, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro 44.356, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Jesús Alfredo Gonzales Andrade, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-27.724.187, contra el auto de fecha 27 de junio de 2025, dictado por la Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación con funciones de Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Táchira, que negó el recurso de apelación, ejercida contra del auto dictado por ese mismo Tribunal en la causa Nro 80205 por motivo de Ejercicio Unilateral de la Patria Potestad.
SEGUNDO: Se revoca el auto de fecha 27 de junio de 2025, dictado por la Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación con funciones .....