Visto el ACUERDO CONCILIATORIO PARCIAL realizado en la misma fecha de hoy entre los ciudadanos MARGARITA ESPERANZA DUQUE ALDANA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-25.837.260, de oficio ama de casa, Parte Accionante y el Dador Alimentario ciudadano JOSE GERARDO PABON, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad No.V-10.160.469, locutor, domiciliados todos en el Municipio Capacho Viejo del estado Táchira; a favor de su hijo HAZARD NAHUEL PABON DUQUE. Por cuanto lo pactado no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, garantizándose el Interés Superior del niño beneficiario de la manutención en la presente causa; este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN PARCIAL, solo .....