El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONCEDIÓ FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia dictada por el Juzgado de Familia Los Patios, Norte de Santander República de Colombia, radicado 54400311000120210004300 de fecha veinticuatro (24) de agosto de 2021, debidamente apostillada, según código de verificación N° A2WJZC818178640, que estableció que entre los señores MARTHA LILIANA VILLANUEVA, colombiana, mayor de edad, con cédula de ciudadanía N° 52.225.702, cédula de residente N° E-82.170.345 y WILLIAM ARANDA AVILA, colombiano, mayor de edad, con cédula de ciudadanía N° 79.635.670 y cédula de residente N° E-84.320.458, existió una unión marital de hecho desde el 15 de abril de 2000 hasta el 03 de junio de 2018. DECLARA la existencia de la sociedad patrimonial de hecho surgida .....