DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES por mutuo consentimiento de los cónyuges: MAIRHEC ASTRID OSTOS USECHE y HERNAN IVAN LOPEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s V-16.558.522 y V-11.691.589, civilmente hábiles, asistidos por la abogada en ejercicio ADRIANA PATRICIA LINARES RIOS, inscrita en el IPSA bajo el N° 132.782; los cuales se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación.-