PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado JUAN PABLO DÍAZ OSORIO, actuando en su carácter de coapoderado judicial de la parte demandada-reconviniente, ciudadano JOSÉ MANUEL PRADOS CARVAJAL contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (constituido asociados) de fecha 24 de octubre de 2019.
SEGUNDO: SE ANULA la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira en fecha 24 de octubre de 2019. Asimismo SE ANULAN todos los actos posteriores al del auto de admisión de la demanda, quedando a derecho la parte demandante y el demandado JOSÉ MANUEL PRADOS CARVAJAL.
TERCERO: SE ORDENA LA REPOSICION de la causa al estado de reformar el auto de admisión de la demanda, para que se incluya como co-demandada a MARÍA STELLA MARCANO VIVAS, en.....