Primero: Decreta el Ejecútese de la sanción impuesta, en fecha 09 de Febrero de 2011, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Dos de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del estado Táchira; mediante la cual, el adolescente SE OMITE SEGÚN ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, por la comisión de los delitos de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto en el artículo 415 del Código Penal en concordancia con el artículo 413 ejusdem; OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO y MUNICIONES, previsto en los artículos 277 del Código Penal, en concordancia con el artículo 276 ejusdem, y 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos; fue sancionado a cumplir las medidas de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de DOS (02) AÑOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; y simultáneamente la medida de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de DOS (02) AÑOS, de conformidad con lo establecido en el ar.....