PRIMERO: Se fija por concepto de Obligación de Manutención la cantidad de OCHOCIENTOS
BOLÍVARES, (Bs. 800, oo) mensuales y para los meses de Septiembre y diciembre el doble de dicha cantidad es decir la suma de UN MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.600, oo) mensuales.-
SEGUNDO: Dichos montos deberán ser depositados los cinco primeros días de cada mes en la Cuenta de Ahorros que para tal efecto se aperturara en el Banco Bicentenario de esta Ciudad de La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, a nombre de la solicitante.