De acuerdo a las consideraciones expuestas este JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO, de conformidad con lo establecido en la Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de diciembre de 2016, signada con el N° 1070, expediente N° 16-0916, con carácter vinculante, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos IVONE ROMERO ARAMBULA y OSCAR ADAN MORA LAGUADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.987.190 y V-10.191.513 en su orden, contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, según se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 379 de fecha 17 de Octubre de 1991.
.....