"...En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO expresado por las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda oficiar al Registrador Civil del Municipio García de Hevia del Estado Táchira. Expídase copia certificada de la presente SENTENCIA INTERLOCUTORIA para el archivo de este Tribunal..."