PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentada por la ciudadana ALIX SANABRIA LOZADA, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de residente Nº E-84.403.912 y domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira, contra el ciudadano JOSÉ FERNANDO ALVAREZ ALVAREZ.
SEGUNDO: CON LUGAR el ofrecimiento de AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentado por el ciudadano JOSÉ FERNANDO ALVAREZ ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.218.847 y con domicilio en el Municipio Cárdenas del Estado Táchira; a favor de su hija.
TERCERO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 200,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros aperturada para tal fin, a partir del 30 de abril del corriente año.
CUARTO: En cuanto a los gastos de la temporada de inicio escolar en septiembre y la temporada decembrina, el.....