Este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: COMPETENTE para conocer el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial.
Segundo: Se ADMITE la presente Demanda de Contenido Patrimonial Original y la Reforma contentiva de la ampliación del escrito libelar interpuesta por el Abogado José Filemón Lázaro Quintero, titular de la cedula de identidad N° V. 13.562.134, inscrito en el IPSA bajo el N° 131.029, apoderado judicial de la parte demandante, a los fines de que se proceda a la ACLARATORIA e INCLUSIÓN para que convengan o este Juzgado Ordene la Aclaratoria e Inclusión en los asientos registrales de la persona copropietaria de las bienhechurías excluida en el contrato de compra-venta ciudadano Cesar Ovalles Villafañe V-3.793.813, y los números cívicos Nº 8-69, 13-3, 13-7 omitidos de la venta .....