SE DECLARA a los ciudadanos CARMEN SULAY AGUILAR DE MORALES, GERARDO ENRIQUE MORALES AGUILAR Y FRANCISCO GERARDO MORALES AGUILAR como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, la primera en su condición de conyugue y los dos (02) últimos en su condición de hijos del causante GERARDO ENRRIQUE MORALES RAMIREZ. Conforme al Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.