declara: PRIMERO: Parcialmente con lugar, la solicitud de Obligación de Manutención; presentada por la ciudadana MARCELLA D FRANCIA ZAMBRANO CAMARGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.977.117, en contra del ciudadano HENRY ANTONIO RIVAS DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 11.064.247, en beneficio de su hijo de diez (10) año de edad, quedando la Obligación de Manutención establecida en la cantidad de MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 1.600,oo) los cuales deben ser descontados por nomina y depositados en la cuenta de ahorro que ordeno este Tribunal aperturar en el Banco Bicentenario y para el mes de septiembre del 2015 la cantidad adicional de CINCO MIL BOLIVARES (Bs.5.000,oo) para útiles, calzado y uniformes escolares y para diciembre la cantidad adicional de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,oo) por concepto de ropa, calzado y gastos navideños. Así como el ticket de juguete en caso de poseer dicho beneficio.....