este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUJDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia Conciliatoria y se le imparte carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: Se fija por concepto de OBLIGACION ALIMENTARIA, la suma de: DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (200.00) MENSUALES, pagaderos en forma quincenal en la cantidad de CIEN BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 100.00) que serán depositados en la cuenta de ahorros, que ordenará el tribunal abrir a nombre de la solicitante.
SEGUNDO: En el mes de AGOSTO, el padre comprará los uniformes escolares y la madre los útiles escolares.
TERCERO: En el mes de DICIEMBRE, el padre comprara los estrenos del día 24 y la madre los del día 31 de ca.....