V. DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: De conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, C O N D E N A al acusado CARLOS HÉCTOR RUIZ, debidamente identificado en el texto de esta sentencia, a cumplir la pena de ONCE AÑOS Y SIETE MESES DE PRESIDIO, en el lugar que le sea asignado por el ciudadano Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad correspondiente, por haber admitido los hechos en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con los numerales 1º, 2º, 3º, 5º y 8º de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 175 del Códi.....