Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con Lugar la solicitud de Cumplimiento y Aumento de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana BLANCA JACQUELINE SANGUINO ROCHE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-11.509.726, domiciliada en Palmira, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre de los adolescentes (omitido por art. 65 LOPNA) contra el ciudadano JESUS ESCALANTE GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-5.676.540, domiciliado en La Victoria, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Obligación de Manutención para los adolescentes, (omitido por art. 65 LOPNA), la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,00) mensuales, la cu.....