PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por EDGAR RAFAEL MARCANO GARCIA y RAIZA JANET CONTRERAS DE MARCANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 3.820.092 y V-8.091.040, en contra de SOCIEDAD MERCANTIL BANCO PROVIVIENDA C.A., BANCO UNIVERSAL (BANPRO), institución resultante de la fusión por la absorción de Pro Vivienda, Entidad de Ahorro y Préstamo, C.A., domiciliada en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, constituida originalmente como sociedad civil, según documento protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro del Distrito San Cristóbal del Estado Táchira, el día 27 de septiembre de 1963, bajo el No. 158, folios 243 al 247, Tomo IV, Protocolo Primero, siendo la última modificación de sus estatutos la inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 22 de septiembre de 2000, bajo el No. 26, Tomo 460-A-Qto, por motivo de PAGO DE LO INDEBIDO.
SEGUNDO: Se.....