El Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró Inadmisible el Recurso de Casación interpuesto por el abogado Fernando Adolfo Méndez Arellano, con el carácter acreditado en autos, contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 9 de marzo de 2006.